Artículos de interes
Nuevas excepciones por el pago de la Renta Dignidad

Miércoles, 11 de diciembre de 2024
La Ley de la Renta Dignidad tendría una modificación según el proyecto de PGE 2025:
Actualmente cobran la Renta Dignidad todos los bolivianos residentes en el país que tienen 60 año o más, la excepción es para aquellas personas que reciben sueldo con recursos del TGN, es decir trabajan en el sector público.
Si llegara a aprobarse la modificación al artículo 6 de la ley 3791, las restricciones serían:
A los adultos mayores de 60 años que trabajan, independientemente de que pertenezcan al sector público o privado, se suspenderá el pago de Bs350 de la Renta Dignidad hasta que dejen de trabajar.
A los jubilados* de 60 años o más, que trabajan independientemente sea sector público o privado, se suspenderá el pago de Bs300 de la Renta Dignidad que recibían junto a su pago de jubilación, una vez que deje de trabajar podrán volver a recibir la Renta Dignidad.
Además, a los accionistas, socios o directores de sociedades comerciales. Al no haber mayores detalles en el proyecto, se podría deducir que no les pagarán la Renta Dignidad mientras mantengan esa condición en el Registro de Comercio.
Una mejor explicación es posible con un ejemplo práctico para el caso de un jubilado.
Esta boleta de pago corresponde a una pensión Solidaria de Vejez, las columnas a), b), c) y d) representan escenarios diferentes:

En resumen, a las restricciones actuales se estaría incorporando a los jubilados que continúan trabajando en el sector privado. Según la publicación del MEFP de 29 de noviembre, estas nuevas restricciones alcanzarían a más de 12.000 adultos mayores entre: jubilados militares, adultos mayores (jubilados o no) que trabajan en sector público o privado y empresarios (según Registro de Comercio) aunque no han precisado cuántos corresponden a cada uno de estos grupos.
* ”jubilado” incluye a jubilados de 1997 a 2010 y pensionados del 2011 en adelante.